< Detras de la cortina

Promoviendo la ideología de género en Perú

El 5 de enero pasado, el Presidente del Perú ha firmado el Decreto Legislativo 1323, con rango de Ley, que introduce en la legislación peruana el privilegio para que la comunidad LGTB (Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales) denuncie penalmente de forma abusiva a todo el que piense distinto de ellos, como ha ocurrido en otros países.

En la introducción al decreto se habla de “fortalecer la lucha contra el feminicidio, la violencia familiar y la violencia de género”; en la modificación al Art. 46 se añade al n. 2 un inciso “d) Ejecutar el delito bajo móviles de intolerancia o discriminación, tales como el origen, raza, religión, sexo, orientación sexual, identidad de género…”. Y en la modificación al Art. 323 se especifica que no se debe realizar actos de distinción “basados en motivos raciales, religiosos, nacionalidad, edad, sexo, orientación sexual, identidad de género…”.

En esta línea, cabe preguntarnos ¿por qué PPK nombró al Ministro de Educación de Humala para que continuara en su gobierno? ¿Por qué lo defendió con tanto ardor, amenazando con hacer del tema una cuestión de confianza, que dejaría de lado a todo su gabinete? Es indudable que subyacen motivos económicos de relativa importancia para querer imponer un Ministro de Educación sometido a la ideología de género impulsada por el USAID (oficina dependiente del Departamento de Estado de los Estados Unidos) y para, ahora, imponer de forma ilegítima esta ideología de género.

El tema no es respetar a las mujeres y evitar el abuso familiar, tanto en las mujeres como en los niños; en eso todos estamos de acuerdo. En el decreto se habla repetidamente de “sexo, orientación sexual e identidad de género”. La palabra “sexo” es ya suficientemente inclusiva, por lo que mencionar “orientación sexual e identidad de género” son claras concesiones específicas para el colectivo LGTB

En la legislación de países ya bastante invadidos por la ideología de género se ve que estas modificaciones en sus legislaciones han servido para denunciar y perseguir a todo el que pensara distinto del grupo LGTB.

Líneas arriba he llamado “ilegítima” esta forma de proceder porque, como hace notar la Dra. Mercedes Herrero en su artículo en legis.pe, en el Perú “…la Constitución no ha sido modificada para incluir como derechos humanos la orientación sexual o identidad de género. Hoy por hoy, ni la ‘orientación sexual’ ni la ‘identidad de género’ pueden considerarse objetos o bienes sobre los que pueden recaer actos de discriminación. Tal reconocimiento carece de legitimidad, ya que el Poder Ejecutivo no puede mediante facultades delegadas y excediendo el estricto ámbito de las mismas, crear derechos humanos, o en otros términos, atribuir el carácter de derechos con reconocimiento constitucional a tendencias o conductas sobre las que no ha existido un debate en el Congreso”.

Además, tenemos que hacer referencia a un agravante jurídico que hace notar la Dra. Herrero al señalar que esta mención no es clara y atenta contra el principio de lex certa, que señala que toda norma penal debe describir de manera precisa, clara y exhaustiva la conducta prohibida y la pena merecida. Nada más lejano a lo que señalan las modificaciones aprobadas en este decreto 1323, que tiene afirmaciones vagas e imprecisas que pueden conducir a la arbitrariedad de la aplicación de la ley.

¿No es arbitraria acaso la decisión de la juez que ha dado sentencia en contra de la RENIEC y a favor de reconocer la unión en matrimonio de dos homosexuales mexicanos? Arrogándose un derecho que no le corresponde, la juez ha legislado que el Código Civil vigente de 1984 está desfasado al señalar que el matrimonio es entre un hombre y una mujer, interpretando la Constitución a favor de su sentencia, fundándola en una agotadora relación de jurisprudencia internacional dudosamente aplicable, y ha sentenciado en contra de la RENIEC. En entrevista a RPP, el Dr. Ernesto Álvarez, ex Presidente del Tribunal Constitucional del Perú y en la actualidad Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad San Martín de Porres ha señalado que “más que error es una audacia propia de un juez liberal que quiere ir más allá de la ley, estableciendo su propia visión de la Constitución”… ¿Puede un juez hacer eso?

Algunos congresistas, con acertado juicio crítico, han señalado que, según esa interpretación singular de la juez, se puede sentenciar a favor de un matrimonio de un padre con su hijo o aceptar la inscripción de un musulmán con cinco esposas, si han sido casados en su país de origen.

¿Seguiremos fabricando legislación ambigua e ilegítima en torno a la homosexualidad, ideología de género, transexualidad, etc. para que el juez de turno decida arbitrariamente? Es evidente que el Presidente del Perú se ha prestado al juego de influencia internacional del USAID, favoreciendo todo lo que supone el enriquecimiento de algunas personas e instituciones. ¿No está el USAID defendiendo el aborto en todo el mundo favoreciendo a Planned Parenthood, institución a la que algunos llaman “la internacional de la muerte” y que negocia con los órganos de los niños abortados?

En diálogo con RPP Noticias, el presidente del Consejo de Ministros, Fernando Zavala comentó “Me preocupé mucho en asegurar que lo que estábamos haciendo (uso de las facultades delegadas) tenía impacto en la ciudadanía y además cumplía con las normas legales vigentes y la constitución”. Sr. Zavala: no se ha respetado el derecho del Congreso de deliberar sobre una legislación de este tipo y se ha excedido el Ejecutivo al dar este decreto sin haber sido autorizado para eso.

¿Por qué el Presidente “introduce” irresponsablemente un tema de este tipo en la delegación de facultades legislativas que ha recibido del Congreso, cuando tiene tantos temas de envergadura que conviene legislar? Si está tan preocupado por el asunto ¿por qué no convoca un referéndum para que sea la población la que decida sobre darle privilegios o no al colectivo LGTB? El Congreso debe derogar este conflictivo D.L. 1323 y preguntar al Ejecutivo ¿por qué no se consulta a la ciudadanía sobre algo que a los padres de familia les resulta un atropello a sus derechos de padres?

¿Es que al hombre de la calle no lo defienden ya las instituciones del país? ¿Dónde está la Defensoría del Pueblo que, de oficio, tendría que intervenir en este abuso de poder? ¿Tienen los ciudadanos que salir a la calle con carteles -como se ha hecho- para defender los derechos sobre sus hijos? Parece evidente que nuestra institucionalidad continúa siendo muy débil: estamos lamentablemente a merced de los abusivos.  

* Doctor en Teología por la Universidad de Navarra. Licenciado en Educación por la PUCP