< Detras de la cortina

¡Urge cancelar la deuda a los FONAVISTAS!

Existe un principio universal: toda deuda se tiene que pagar. Es más, existe un principio jurídico que establece que “a igual razón igual derecho”. En el caso del FONAVI es una deuda social del Estado, que se generó a consecuencia de los aportes que efectuaron sus trabajadores creyendo la promesa incumplida, que se les iba a dar una vivienda, por tanto es claro que dichos aportes, se tienen que devolver. ¿O alguien se atrevería a desconocer esto? 

Nuestro país viene pagando hace muchos años, la deuda externa con los organismos laterales, multilaterales, gobiernos y acreedores, y surge una pregunta ¿Está en deuda realmente nos benefició a todos directamente? no lo sabemos, pero creamos hipotéticamente que sí. Pero estamos de acuerdo en que se tiene que pagar. 

¿Y la deuda social interna? Al respecto debemos mencionar que el crecimiento y la solidez de la economía nacional le permiten al país pagar su deuda pública y privada, y contar incluso con divisas en el Banco Central de Reserva por aproximadamente US$ 66,000 millones, fruto del trabajo de todos los peruanos. 

La Ley Nº 29625 - Ley de devolución de dinero del FONAVI - que beneficia a los trabajadores que contribuyeron al mismo, tiene cumplirse sin medias tintas, dicha deuda asciende a S/. 15,000 millones aproximadamente, y claro, se tienen recursos para iniciar su devolución en el presupuesto de la república del ejercicio fiscal 2014.

Adicionalmente, según SUNAT, el sector construcción, de enorme crecimiento en estos últimos años en su PBI. Veamos. En el 2006 – 14.8%, 2007 – 16.6 %, 2008 – 16.5 %, 2009 – 6.1%, 2010 – 14.2 %, 2011 – 14.2%, 2012 – 9.8 %, 2013 – 14% tiene altos niveles de evasión del IGV, como se comprueba al cruzar información con los permisos de construcción y la contratación de personal. Es decir, hay recursos disponibles cobrar y pagar FONAVI. 

Otro ejemplo: existen tierras del Estado que PROINVERSION no las puede vender, lo lógico sería que se valoricen y se den en parte de pago. Adicionalmente, la norma sanciona la devolución en Bonos y compensaciones tributarias, a los contratados por administración de servicios para el Estado CAS mayores de 50 años de edad, a los que se les debe por FONAVI son 40,000 aproximadamente, y vienen pagando 10% de impuesto a la renta mensual de sus ingresos, no son sueldos (nadie sabe por qué). Bueno, que paguen 1% y la diferencia cobren lo FONAVI les adeuda. 

A su vez, sus familiares mayores de 60 años podrían transferir bonos tributarios y convertirlos en compensaciones tributarias para disminuir sus aportes. Esto no generaría inflación, ya que los beneficiarios recuperarán el dinero que se les quitó inconsultamente, pudiendo adquirir servicios de salud, alimentos, educación, seguridad, para su familia lo que promoverá la reactivación de la economía por mayor consumo interno. 

Esto es lo legal en una economía con una administración tributaria que debe cumplir con las normas vigentes, lo otro es teoría y la voluntad política que debe tener el gobierno que hoy dispone de suficiente dinero para cancelar sus compromisos pendientes.

 *Economista